.: incumbencias
Ingeniero en Construcciones
Universidad Tecnológica Nacional (res. N° 39/71)
Art. 1º) Fijar para la carrera de
Ingeniería en Construcciones de Obras y/o Ingeniería
en Construcciones, las siguientes incumbencias:
- Dirección, cálculo estructural y construcción
de obras civiles de cualquier naturaleza.
- Estudio y proyecto de:
- Edificios en general y sus instalaciones complementarias.
- De saneamiento urbano y rural.
- De Obras civiles en general con exclusión
de presas, obras de riego, portuarios y en vías
de comunicación.
- Trabajos topográficos que no incluyan determinaciones
geodésicas.
- Estudio, proyecto, dirección y ejecución
de trabajos relacionados con la mecánica de los suelos
e ingeniería de cimentaciones.
- Estudios técnicos, económicos, de consultorías,
pericias, arbitrajes y tasaciones relacionadas con los incisos
anteriores.
- Asuntos de Ingeniería Legal a que se refieren
los incisos a) al e).
Art. 2º) Derogar la resolución
Nº 145/61 en lo referente a las incumbencias de la carrera
de Ingeniería en Constucciones de Obras.
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